top of page

LA PLANEACIÓN FISCAL


La obligaciones que todos tenemos pagar impuestos para contribuir al gasto público, está protegida por los principios de proporcionalidad y equidad, asimismo debe ajustarse a las leyes respectivas.


En tal sentido, se infiere que la obligación referida, conlleva el derecho, de los contribuyentes, de determinar las contribuciones a su cargo ajustándose al marco normativo aplicable.


Por lo tanto, los contribuyentes, pueden ajustar sus asuntos para que su contribución sea proporcional y equitativa a su situación, es decir, tiene la libertad de planear fiscalmente.


La planeación fiscal es el conjunto de actos jurídicos encaminados al cumplimiento de las obligaciones fiscales de la manera en que le resulta más conveniente al contribuyente, es decir, de forma proporcional y equitativa.


Sin que sea óbice a lo anterior, y aplicable a los tres objetivos, que con motivo del surgimiento del artículo 5-A del Código Fiscal de la Federación, producto de la reforma fiscal para el ejercicio 2020, se debe procurar que la planeación fiscal cumpla con los siguientes extremos legales:


Los actos jurídicos deben tener definida con precisión su razón de negocios, para lo cual, se debe calcular el beneficio económico razonablemente esperado, así como el beneficio fiscal, para que el primero sea mayor al segundo.


Asimismo, debe soportarse los motivos que justifiquen, que el beneficio económico, no podría lograrse con un número menor de actos jurídicos.


Analizados los objetivos de la planeación fiscal, podemos encontrar, una constante en los mismos, que es parte precisamente de la actividad de planear, la constante son los que se podrían considerar como requisitos de la misma:


1. Contar con un fundamento jurídico aplicable

2. Contar con soporte documental

3. Dictamen Fiscal y/o precios de transferencia


La operación u operaciones que se planean realizar para cumplir con la carga impositiva, deben contar con un fundamento legal aplicable al caso concreto, lo cual otorga soporte jurídico a la operación.


*Alejandro Nicolás González de Luna

Nicolas.gonzalez@gdelconsultores.com.mx



6 visualizaciones0 comentarios
bottom of page