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EX LEGE POR / LIC. ALEJANDRO NICOLÁS GONZÁLEZ DE LUNA / G DE L CONSULTORES.

EX LEGE

POR / LIC. ALEJANDRO NICOLÁS GONZÁLEZ DE LUNA / G DE L CONSULTORES.TEL. DE OFICINA: 4925845776


En el sistema tributario mexicano, si la autoridad fiscalizadora ejerce sus facultades de comprobación y verifica en algunos de los últimos cinco años que la ley le permite el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, el resultado, en la mayoría de las ocasiones, será una carga impositiva igual o mayor a los ingresos recibidos en el ejercicio fiscal revisado.


Lo que genera que exista una larga lista de contribuyentes que tienen deudas con el fisco federal, pero que en la realidad, se constituyen como impagables, pues aún y cuando entreguen a la hacienda pública la totalidad de sus bienes y dinero, no alcanzan a cubrir la deuda registrada y que a menudo nos están pretendiendo cobrar las autoridades recaudadoras mediante actos de requerimiento de pago y/ embargo.


En tal escenario, en virtud de la ley, el contribuyente tiene una última posibilidad de liberarse de esa obligación de pago, mediante la figura de la prescripción, pues la autoridad fiscal y la autoridad recaudadora, solo tienen diez años, a partir de que el crédito fiscal es exigible, para ejecutar su cobro.


Si durante el lapso de diez años, en el cual no se cuentan los períodos en que la autoridad tenía suspendidas sus facultades de cobro, no se realizan con éxito la culminación de los procedimientos de requerimiento de pago y/o embargo, el contribuyente deudor cuenta con la posibilidad legal de librarse de la carga impositiva EX LEGE, en virtud de la ley.


De ello se desprende, que la justicia en la la ley siempre encuentra su camino, por ello es importante contar con asesoría de profesionales que presten servicios especializados en materia fiscal y administrativa.




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